República Dominicana.
El 10 de mayo de 2001, el Presidente Hipólito Mejía promulgó la Ley de Seguridad Social (Ley 87-01), la cual ya había sido aprobada durante el mes de abril por las Cámaras de Diputados y Senadores.
Por medio de esta ley se establece el Sistema Dominicano de Seguridad Social.
Con respecto al Sistema de Pensiones, este tendrá una estructura mixta de beneficios que combinará la constitución de una cuenta personal para cada afiliado, con la solidaridad social en favor de los trabajadores y la población de ingresos bajos. En adición, permitirá aportes adicionales con la finalidad de obtener prestaciones complementarias.
La afiliación del trabajador asalariado al régimen previsional es obligatoria, para lo cual deberá seleccionar una Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) en un plazo no mayor de 90 días a partir de la entrada en vigencia de la ley.
El sistema previsional otorgará las siguientes prestaciones:
- Pensión por vejez
- Pensión por discapacidad, total o parcial
- Pensión por cesantía en edad avanzada
- Pensión de sobrevivencia
El Seguro de Vejez, Discapacidad y Sobrevivencia del Régimen Contributivo se financiará con una cotización de 10% del salario cotizable, de la cual un 8% irá a la cuenta personal, 1% para cubrir el seguro de vida del afiliados, 0,4% destinado al Fondo de Solidaridad Social, 0,5% para la comisión básica de la AFP, y 0,1% para financiar las operaciones de la Superintendencia de Pensiones.
Las aportaciones para cubrir este costo corresponderán a un 2,88% a cargo del afiliado y un 7,12% a cargo del empleador.
Alemania.
En el mes de abril del presente año, la Cámara Alta aprobó una propuesta de ley del gobierno Alemán que llama voluntariamente a los trabajadores a invertir un porcentaje adicional de su sueldo en fondos de pensiones privados a partir de enero de 2002. Con esta medida, el Gobierno Federal pretende crear una pensión que sea asequible para el contribuyente y atractiva y fiable para el jubilado.
La medida viene a complementar una reciente ley que dice que, a partir de 2030, las pensiones corresponderán sólo al 67% del sueldo promedio de los jubilados y no el 70% que actualmente reciben.
Por otro lado, los alemanes actualmente pagan en promedio un 19,1% de su sueldo para cubrir las pensiones de sus mayores y las autoridades no quieren que esta contribución llegue al 22% que se ha proyectado si no se hacen reformas.
Por lo tanto, el gobierno Alemán deberá lograr que gran parte de la población se interese y opte por esta nueva alternativa, ya que ello determinará el curso que deberán tomar las reformas.
Las proyecciones más optimistas del gobierno estiman que a fines de 2002 la inversión será de US$ 3.100 millones depositados por los trabajadores alemanes en los fondos privados de pensiones. Según estimaciones del Deutsche Bank, los ahorros por este sistema podrían llegar a US$ 244.000 millones en 2011.
Letonia.
El 01 de julio de 2001 comenzará sus operaciones el nuevo sistema de fondos de pensiones.
Para aquellos trabajadores menores de 30 años, la participación en el nuevo sistema es obligatoria, mientras que los trabajadores que tengan entre 30 y 49 años pueden elegir si participar o continuar en el sistema de reparto existente. El gobierno espera que un 80% de quienes tienen la opción de elegir se vayan a los fondos de pensiones. Sin embargo, otros estiman que será sólo el 50% de ellos.
En los primeros 18 meses, la administración de los fondos estará exclusivamente en manos de la Tesorería del Estado y sólo a partir del 01 de enero de 2003, las administradoras del sector privado podrán participar en la administración de estos fondos.
Finalmente, es importante destacar que son muchos los países que actualmente se encuentran iniciando el proceso de reforma de su sistema de pensiones y se espera que durante el transcurso del presente año se concreten estas reformas en Eslovaquia, Federación Rusa, Lituania, Macedonia, Ucrania y Venezuela.